Libertad
religiosa en el orden civil se refiere a una esfera de autonomía personal y a
una inmunidad de coacción que impide al Estado inferir en ella y en sus
manifestaciones. Esta es la idea central que viene sosteniendo a partir del
Concilio Vaticano II.
Este
derecho de la persona humana a la libertad religiosa debe ser reconocido en el
ordenamiento jurídico de la sociedad, de forma que se convierta en un derecho
civil. (SANCHEZ ORREGO, 2004)
Partiendo de que la religión es un fenómeno que
abarca toda la experiencia humana, que no se le puede reducir ni a su expresión
política, como tampoco al puro mundo de las ideas y conceptos personales, que
es un derecho humano que vale por sí mismo, ahora podemos plantearnos ciertos
problemas que están en el centro del debate contemporáneo, del cual los
mexicanos no estamos exentos. Nos referimos al debate entre laicismo vs.
Laicidad, dos propuestas sobre el lugar que puede ocupar la religión en nuestra
sociedad, lo que nos conduce a la caracterización del Estado laico y su papel
en una sociedad plural y compleja con aspiraciones democráticas